Arturo Poquet desmonta en el juicio una acusación que el propio denunciante acabó retirando

02/07/2026


El fiscal cuestiona que el antiguo concesionario recurriera a la vía penal para resolver un conflicto de naturaleza administrativa, mientras el alcalde defiende que nunca ordenó retener el material

El juicio por la gestión del material de la piscina municipal de Benissa ha quedado visto para sentencia después de una vista oral que debilitó de forma significativa la acusación contra el actual alcalde, Arturo Poquet, y el exalcalde Juan Bautista Roselló.

Ambos dirigentes, junto a dos responsables vinculados a la gestión de las instalaciones, se sentaron en el banquillo de la Sección Décima de la Audiencia Provincial de Alicante por un presunto delito de apropiación indebida. Sin embargo, el procedimiento llegó a juicio con un elemento especialmente relevante: el empresario que inició la causa había retirado su acusación tras alcanzar, un año antes, un acuerdo con el Ayuntamiento de Benissa para recuperar los bienes reclamados.

Pese a esa retirada, la Fiscalía mantuvo formalmente su petición de dos años de prisión para cada uno de los acusados. El propio representante del Ministerio Público reconoció, no obstante, que la consistencia de la causa se había visto seriamente afectada y dirigió una dura crítica al denunciante por haber utilizado la jurisdicción penal para una reclamación que podía haberse canalizado por las vías civil o contencioso-administrativa.

La intervención del fiscal trasladó buena parte del foco del proceso hacia la actuación del antiguo concesionario, que sostuvo durante aproximadamente una década la existencia de una apropiación indebida para terminar admitiendo que no había seguido correctamente los procedimientos administrativos necesarios para retirar el material.

Un conflicto iniciado hace más de una década

El origen del procedimiento se remonta a 2013, cuando una empresa asumió temporalmente la gestión de la piscina climatizada municipal y aportó maquinaria, equipamiento deportivo y otros enseres para prestar el servicio.

Tras finalizar la relación contractual, la gestión pasó a la empresa pública municipal. Fue entonces cuando surgió la disputa sobre el destino y la devolución de unos bienes valorados en más de 60.000 euros.

La acusación sostenía que los responsables municipales impidieron deliberadamente que el empresario recuperara ese material. Sin embargo, durante el juicio las defensas expusieron una versión muy distinta: los bienes nunca fueron ocultados ni incorporados al patrimonio particular de ninguno de los acusados, sino que permanecieron en las instalaciones mientras se resolvían diferentes cuestiones técnicas, contractuales y administrativas.

Juan Bautista Roselló explicó que el expediente estaba condicionado por las cláusulas de reversión de la concesión y por los reparos formulados por los técnicos municipales. Según su declaración, el Ayuntamiento llegó a estudiar la posibilidad de adquirir parte del material, pero la operación no pudo formalizarse debido a las objeciones de Intervención y Secretaría, entre ellas las dudas relacionadas con las facturas presentadas por diferentes sociedades.

Poquet niega cualquier orden para retener los bienes

Arturo Poquet, que en el momento de los hechos era concejal de Deportes, negó que hubiera dado instrucción alguna para impedir la retirada de la maquinaria.

El actual alcalde sostuvo que los bienes no podían entregarse sin las comprobaciones previas de los funcionarios municipales y situó el origen del conflicto en un desacuerdo administrativo y logístico, no en una voluntad de apropiación.

Esta versión fue respaldada durante la vista por los responsables de la gestión de la piscina, quienes afirmaron que el material estuvo a disposición de la empresa. Las discrepancias se habrían producido, entre otros aspectos, sobre quién debía desmontarlo, embalarlo y cargarlo en los vehículos utilizados para su retirada.

Las declaraciones apuntan así a un conflicto burocrático prolongado en el tiempo, pero difícilmente compatible con la existencia de un plan deliberado de apropiación, especialmente cuando ninguno de los responsables políticos obtuvo beneficio personal alguno de los bienes discutidos.

Un acuerdo que cuestiona la continuidad del proceso penal

En mayo de 2025, el empresario y el Ayuntamiento alcanzaron finalmente un acuerdo extrajudicial. El antiguo concesionario recuperó los enseres, renunció a reclamar indemnizaciones y asumió las costas derivadas del procedimiento.

El acuerdo incluía además el reconocimiento de que no se habían utilizado correctamente los mecanismos administrativos para solicitar la retirada de los bienes. Esa admisión, realizada después de años de litigio, fue uno de los aspectos más cuestionados durante el juicio.

El denunciante retiró entonces la acusación particular, aunque la Fiscalía decidió mantener formalmente sus conclusiones. Pese a ello, el Ministerio Público manifestó sus dudas sobre la solidez del caso y reprochó al empresario haber trasladado a la jurisdicción penal una controversia que podía haberse resuelto mediante otros procedimientos.

La celebración del juicio, cuando el denunciante ya había recuperado el material y renunciado a continuar con la acusación, obligó al alcalde de Benissa a afrontar una vista penal derivada de unos hechos ocurridos hace más de diez años y que las partes habían dado por solucionados mediante un acuerdo.

Las defensas solicitaron la libre absolución de los cuatro acusados al entender que no existió apropiación indebida, beneficio personal ni intención consciente de retener bienes ajenos. La Audiencia Provincial deberá decidir ahora si los problemas administrativos que rodearon la devolución del material pueden tener relevancia penal o si, como sostienen los procesados, todo respondió a un largo y desafortunado conflicto burocrático.