Dénia deberá pagar más de 220.000 euros tras una sentencia por un convenio urbanístico de 2008

07/04/2026


El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Alicante ha estimado el recurso interpuesto contra el Ayuntamiento de Dénia y ha obligado al consistorio a cumplir un convenio urbanístico suscrito en el año 2008, cuyo contenido seguía pendiente de ejecución.

La sentencia, fechada el 13 de marzo de 2026, concluye que el Ayuntamiento no actuó conforme a derecho al inadmitir la solicitud presentada en 2024, en la que se solicitaba la materialización de una reserva de aprovechamiento urbanístico o, en su defecto, su compensación económica. El fallo considera que la negativa municipal a tramitar dicha petición carecía de base jurídica suficiente.

En concreto, la resolución judicial determina que el consistorio deberá abonar una cantidad de 220.645 euros, a la que habrá que añadir los intereses legales devengados desde el momento en que se formalizó la reclamación. Además, el Ayuntamiento deberá continuar con el procedimiento expropiatorio en los términos recogidos en el convenio urbanístico original.

Uno de los aspectos clave del pronunciamiento judicial es el reconocimiento de la plena vigencia del acuerdo firmado en 2008. El juzgado rechaza los argumentos esgrimidos por el Ayuntamiento, que trataba de fundamentar su negativa en cuestiones formales como el transcurso del tiempo o la supuesta falta de determinados trámites administrativos. La magistrada considera que dichas circunstancias no invalidan las obligaciones derivadas del convenio, que siguen siendo exigibles.

Asimismo, la sentencia impone al Ayuntamiento de Dénia el pago de las costas procesales, al haber sido desestimadas todas sus pretensiones en el procedimiento judicial.

Según fuentes del demandante consultadas por Vistanova TV, la reclamación responde al cumplimiento de compromisos adquiridos en su día y que no habían sido ejecutados, lo que habría motivado la vía judicial.

Este tipo de resoluciones vuelve a situar sobre la mesa el impacto que pueden tener los convenios urbanísticos firmados en etapas anteriores, especialmente cuando no han sido desarrollados o ejecutados en su momento. En muchos casos, estos acuerdos generan obligaciones económicas diferidas que, con el paso del tiempo, acaban materializándose en sentencias que afectan directamente a las arcas municipales.

En este contexto, el Pleno extraordinario celebrado el pasado jueves aprobó asumir el pago de la sentencia mediante el uso del remanente de tesorería correspondiente al ejercicio 2025. Esta decisión permitirá hacer frente a la obligación económica derivada del fallo judicial, aunque implicará una reducción de la capacidad de inversión en actuaciones que estaban pendientes de ejecución.

Además, el Ayuntamiento ha decidido no interponer recurso contra la resolución judicial, una decisión que responde, entre otros factores, a la voluntad de evitar una mayor dilación del procedimiento y un posible incremento de los costes económicos asociados.

La sentencia marca así un nuevo episodio en la gestión urbanística del municipio y pone de manifiesto la importancia de la planificación y ejecución de los compromisos adquiridos por las administraciones públicas, así como las consecuencias que puede acarrear su incumplimiento a medio y largo plazo.